{"id":11224,"date":"2020-03-19T18:55:32","date_gmt":"2020-03-19T18:55:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.basham.com.mx\/?p=11224"},"modified":"2020-03-19T18:55:32","modified_gmt":"2020-03-19T18:55:32","slug":"covid-19-implicaciones-laborales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/covid-19-implicaciones-laborales\/","title":{"rendered":"COVID-19 IMPLICACIONES LABORALES"},"content":{"rendered":"<p>Nos referimos a la pandemia declarada por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud derivado del brote de Coronavirus o COVID-19.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El siguiente es un an\u00e1lisis del impacto y efectos legales que la propagaci\u00f3n del Coronavirus produce en las relaciones de trabajo en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al d\u00eda de hoy (marzo 19, 2020), el Consejo de Salubridad General, autoridad competente para ello, no ha emitido alerta alguna de emergencia sanitaria ni ordenado medidas obligatorias que deban seguir los patrones, por lo que no existe obligaci\u00f3n legal de cumplir o implementar medidas relacionadas con la pandemia de COVID-19.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esto no significa que no se implementen las que se consideren pertinentes para evitar contagios y salvaguardar la salud e integridad de todas las personas que se encuentren en el centro de trabajo, sean empleados o no.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><u>Medidas preventivas en el centro de trabajo<\/u><\/strong><strong>. <\/strong><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p>Dentro de las medidas para mitigar el riesgo de contagio y propagaci\u00f3n del virus, se puede considerar implementar el trabajo a domicilio o a distancia (\u201c<em>home office<\/em>\").<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esta modalidad es recomendable siempre y cuando se ofrezca a todos los empleados o aquellos que la naturaleza de sus funciones lo permita y se precisen t\u00e9rminos y condiciones\u00a0 para lo cual recomendamos comunicar lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>(i) no se trata de una suspensi\u00f3n de labores ni de un per\u00edodo de vacaciones o de descanso;<\/li>\n<li>(ii) la jornada de trabajo se considerar\u00e1 autoadministrada, es decir, cada empleado deber\u00e1 cumplir de forma estricta con los horarios pactados;<\/li>\n<li>(iii) la obligaci\u00f3n de continuar desempe\u00f1ando las actividades con la misma intensidad y calidad y;<\/li>\n<li>(iv) tendr\u00e1n que permanecer disponibles durante la jornada a distancia.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Sugerimos verificar si se cuenta con una pol\u00edtica al respecto y, en caso contrario, considerar implementar una.<\/p>\n<p>Ahora bien, si se pide a los empleados que se mantengan alejados del centro de trabajo sin la implementaci\u00f3n de la modalidad de <em>home office<\/em>, debe considerarse que tendr\u00e1n derecho al pago completo de su salario y prestaciones.<\/p>\n<p>Se puede explorar otras medidas como horarios flexibles, jornadas reducidas y d\u00edas de ausencia a cuenta de vacaciones.<\/p>\n<p>Estas depender\u00e1n en gran medida de la actividad principal del patr\u00f3n, por lo que deber\u00e1 evaluarse caso por caso considerando las disposiciones que se hubieren pactado en los Contratos Colectivos de Trabajo, si los hubiera.<\/p>\n<p><strong><u>Ex\u00e1menes y controles m\u00e9dicos<\/u><\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>Los patrones pueden legalmente solicitar a sus empleados que se sometan a ex\u00e1menes m\u00e9dicos en cualquier momento durante la relaci\u00f3n de trabajo, lo cual puede incluir, de forma meramente enunciativa, controles de temperatura.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los empleados tienen la obligaci\u00f3n legal de someterse a estos ex\u00e1menes, as\u00ed como de responder cuestionarios relacionados para determinar si pudieran haber estado expuestos a alguna situaci\u00f3n de riesgo, entre otras haber viajado a zonas de alto riesgo o tenido contacto con una persona infectada o con sospecha de infecci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La negativa a someterse a los controles m\u00e9dicos puede configurarse como una causal de rescisi\u00f3n de la relaci\u00f3n de trabajo si existen pruebas concretas de esta, para lo cual sugerimos preparar actas administrativas s\u00f3lidas que detallen de forma clara dicha negativa con circunstancias de modo, forma, tiempo y lugar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para estos efectos, es indispensable que se hubiese entregado a cada uno de los empleados un aviso de privacidad que detalle el trato que se le dar\u00e1 a la informaci\u00f3n recabada que pudiera ser considerada sensible o confidencial, como los resultados de ex\u00e1menes m\u00e9dicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es importante recordar que la entrega del aviso de privacidad es una obligaci\u00f3n legal de todos los patrones en M\u00e9xico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por otra parte, se puede considerar practicar controles de temperatura a personas que pretendan ingresar al centro de trabajo sean proveedores, clientes, visitantes o contratistas independientes en general, para lo cual sugerimos contar con un aviso de privacidad visible en los accesos a las instalaciones que informe sobre el tratamiento y confidencialidad de los datos recabados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1 indicarse que los datos no ser\u00e1n divulgados y que el \u00fanico prop\u00f3sito es salvaguardar la seguridad de todos en las instalaciones de la empresa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><u>Aspectos de seguridad social.<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Si existe la sospecha que alg\u00fan empleado pudiera estar enfermo, deber\u00e1 dirig\u00edrsele al m\u00e9dico de la compa\u00f1\u00eda en caso de haberlo, o referirlo a la cl\u00ednica del Instituto Mexicano del Seguro Social (\u00abIMSS\u00bb) que le corresponda para una evaluaci\u00f3n de salud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si el IMSS no emite el certificado de incapacidad por enfermedad general, entonces el empleado deber\u00e1 regresar a sus labores o a elecci\u00f3n del patr\u00f3n, permitirle ausentarse.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el supuesto que alg\u00fan empleado sea contagiado por COVID-19 se tratar\u00e1 como enfermedad general para lo cual se deber\u00e1 obtener el referido certificado de incapacidad y as\u00ed tener certeza del per\u00edodo que durar\u00e1 la incapacidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En tanto no exista una declaratoria de emergencia o el trabajador no reciba incapacidad certificada por el IMSS, la relaci\u00f3n de trabajo continuar\u00e1 sin implicaci\u00f3n alguna de los derechos y obligaciones de las partes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><u>Cierre de Escuelas<\/u><\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica determin\u00f3 adelantar el per\u00edodo vacacional de semana santa, lo que implica una suspensi\u00f3n de actividades escolares entre el 20 de marzo y el 19 de abril.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esto no implica que los padres o madres de familia tengan derecho a ausentarse de sus labores ni que el patr\u00f3n tenga la obligaci\u00f3n de conceder permisos con goce de sueldo, aunque podr\u00e1 hacerlo o bien, evaluar que el tiempo sea tomado a cuenta de vacaciones.<\/p>\n<p><u>\u00a0<\/u><\/p>\n<p><strong><u>Declaraci\u00f3n de emergencia sanitaria<\/u><\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Ley Federal del Trabajo establece que dicha declaraci\u00f3n de las autoridades competentes ser\u00e1 considerada como causal de suspensi\u00f3n de las relaciones de trabajo, cuyo efecto legal es que no existir\u00e1 obligaci\u00f3n por de los empleados de prestar servicios, ni de los patrones de pagar el salario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al tratarse de una emergencia sanitaria, la propia ley establece que el patr\u00f3n tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de pagar una indemnizaci\u00f3n del importe de un salario m\u00ednimo diario durante el tiempo que persista la emergencia y hasta por el termino de 30 d\u00edas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En caso de que la emergencia se extiende m\u00e1s de 30 d\u00edas entonces no existir\u00e1 obligaci\u00f3n de pagar salario alguno ni los empleados de prestar sus servicios, sin perjuicio de que el patr\u00f3n determine pagar alguna cantidad discrecional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez concluida la emergencia sanitaria se reanudar\u00e1n los trabajos en los mismos t\u00e9rminos y condiciones que exist\u00edan previo a la declaratoria indicada.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el supuesto que el gobierno federal a trav\u00e9s del consejo de salubridad general emita la declaratoria de emergencia sanitaria, independientemente que operara la suspensi\u00f3n de labores o no, las mujeres trabajadoras en estado de gestaci\u00f3n o per\u00edodo de lactancia, as\u00ed como los trabajadores menores de 18 a\u00f1os deber\u00e1n abstenerse de acudir al centro de trabajo sin afectaci\u00f3n de su salario, prestaciones y derechos laborales en general.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Independientemente que se declare o no una declaratoria de emergencia sanitaria y del alcance de esta, sugerimos dar cumplimiento a las siguientes medidas de seguridad se\u00f1aladas de manera oficial por la Secretar\u00eda de Salud:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Lavarse las manos frecuentemente con agua y jab\u00f3n o utilizar gel con base de alcohol al 70%.<\/li>\n<li>Al toser o estornudar, utilizar el estornudo de etiqueta, que consiste en cubrirse la nariz y boca con un pa\u00f1uelo desechable o con el \u00e1ngulo interno del brazo.<\/li>\n<li>No escupir. Si es necesario hacerlo, utilizar un pa\u00f1uelo desechable, meterlo en una bolsa de pl\u00e1stico, anudarla y tirarla a la basura; despu\u00e9s lavarse las manos.<\/li>\n<li>No tocarse la cara con las manos sucias, sobre todo la nariz, la boca y los ojos.<\/li>\n<li>Limpiar y desinfectar superficies y objetos de uso com\u00fan en: casas, oficinas, sitios cerrados, transporte, centros de reuni\u00f3n, etc., as\u00ed como ventilar y permitir la entrada de luz solar.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Finalmente, no omitimos mencionar que el desarrollo de la propagaci\u00f3n del COVID-19 y de las condiciones generales en relaci\u00f3n con este tema se encuentran cambiando constantemente, por lo que en su momento emitiremos una actualizaci\u00f3n dependiendo del desarrollo de la pandemia y de los efectos que tenga en la vida laboral de nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los Licenciados Jorge G. De Presno Arizpe y Alvaro Gonz\u00e1lez-Schiaffino, socio l\u00edder y socio del \u00e1rea de derecho del trabajo y los Licenciados\u00a0 Gil Zenteno Garc\u00eda y Santiago Villanueva Dur\u00e1n, socio y asociado del \u00e1rea de Seguridad Social de nuestra firma, con los\u00a0 asociados de ambas pr\u00e1cticas nos reiteramos a sus \u00f3rdenes para precisar lo necesario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">ATTENTION,<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>Derecho del Trabajo:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Jorge De Presno<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">jorgedepresno@basham.com.mx<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">\u00c1lvaro Gonz\u00e1lez-Schiaffino<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">agonzalez@basham.com.mx<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>Seguridad Social:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Gil Zenteno Garc\u00eda<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">zenteno@basham.com.mx<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Santiago Villanueva<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">svillanueva@basham.com.mx<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Ciudad de M\u00e9xico, 19 de marzo 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nos referimos a la pandemia declarada por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud derivado del brote de Coronavirus o COVID-19. &nbsp; El siguiente es un an\u00e1lisis del impacto y efectos legales que la propagaci\u00f3n del Coronavirus produce en las relaciones de trabajo en nuestro pa\u00eds. &nbsp; Al d\u00eda de hoy (marzo 19, 2020), el Consejo [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":15,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_crdt_document":"","footnotes":""},"categories":[1354,1278,1252,1262],"tags":[],"class_list":["post-11224","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-covid-19","category-derecho-del-trabajo","category-espanol","category-seguridad-social"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11224","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=11224"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/11224\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=11224"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=11224"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/basham.com.mx\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=11224"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}