El 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró al COVID-19 como una pandemia internacional, la cual, además de tener implicaciones desafortunadas para la salud, producirá un amplio número de impactos y desafíos legales y económicos.
Tomando en cuenta la situación actual que resulta del COVID-19, y ante los efectos legales anticipados, el Área de Hospitalidad de Basham apoya a nuestros clientes mediante el análisis exhaustivo de las obligaciones legales y contractuales de las operaciones de hospitalidad e inmobiliarias del día a día de las empresas, incluyendo todos los correspondientes impactos legales.
En este sentido, recomendamos a nuestros clientes las siguientes acciones a ser implementadas tan pronto como sea posible:
1. Revisión de contratos existentes:
Derivado de esta pandemia, nos podemos encontrar con diversos efectos directos e indirectos que pudieran ser considerados como incumplimientos de las obligaciones en contratos existentes, tales como falta de personal, retrasos en entregas, paro en la producción e incumplimientos de acuerdos con terceros, entre otros.
Recomendamos identificar de forma detallada todos los contratos existentes, así como determinar y catalogar los niveles de impacto en el flujo de operaciones o en la administración del día a día de las sociedades.
2. Disposiciones de Caso Fortuito o Fuerza Mayor:
En relación con casos fortuitos y eventos de fuerza mayor, hacemos énfasis en la importancia de analizar las disposiciones de esta naturaleza que serían aplicables ya sea derivado de disposiciones contractuales o de conformidad con las leyes aplicables.
Como regla general, en caso de que alguna de las partes no pueda dar cumplimiento a sus obligaciones contractuales, tales como las obligaciones de prestación de servicios y/o entrega de bienes, la parte que incumpla será responsable por dicho incumplimiento. No obstante, si dicho incumplimiento es derivado directamente de eventos fuera del control o alcance de la parte que incumplió, existe la posibilidad de que la parte que incumplió pudiera no ser responsable de las responsabilidades o sanciones aplicables como resultado de Casos Fortuitos o eventos de Fuerza Mayor, ya que son acciones imprevistas, inevitables y fuera de su control.
3. Nuevos contratos:
Por otro lado, se recomienda tener un asesoramiento jurídico completo en caso de que nuestros clientes estén en el proceso de negociar nuevos contratos. Con base en la situación actual, sería necesario incluir en dichos nuevos contratos, condiciones y posibles procedimientos de contingencias para proteger los intereses de las partes.
4. Contratos de Arrendamiento:
Los efectos de la situación del COVID-19 pueden tener un impacto en los Contratos de Arrendamiento vigentes, tales como aquellos relacionados al pago de la renta y el uso del inmueble arrendado, así como en relación con la renovación de los permisos inmobiliarios, tales como licencias de uso, licencias de operación o cualquier otro permiso gubernamental aplicable.
Asimismo, los Contratos de Arrendamiento con modalidad de renta variable pudieran tener afectaciones como resultado de no obtener las ventas netas mínimas como resultado de la falta de actividades comerciales en virtud de la aplicación de cuarentenas oficial o no oficiales; lo cual en ciertos casos puede resultar en una causal para terminar anticipadamente un contrato.
Es muy conveniente examinar y enumerar las obligaciones que pudieran haber sido incumplidas, por ejemplo, en relación con la obtención de los documentos requeridos para estar legalmente actualizado y evitar una clausura o multas aplicables en caso de una cuarentena oficial. En vista de lo anterior, recomendamos revisar en detalle las disposiciones de los Contratos de Arrendamiento actualmente vigentes.
5. Contratos de Construcción:
Como condición previa para el desarrollo de una construcción, se requiere la obtención de un amplio catálogo de permisos y autorizaciones, incluyendo sin limitación permisos de construcción y licencias de zonificación. Tomando esto en consideración, es necesario anticipar una posible clausura por parte de las autoridades federales, estatales y municipales en relación con la obtención y el mantenimiento de los permisos y autorizaciones necesarias.
Asimismo, ciertos términos de entrega y cumplimiento pueden ser retrasados debido a la falta de personal o la falta de obtención de materias primas, adicional al paro de trabajos.
Dichas demoras pueden considerarse como fundamento suficiente para la terminación del contrato de construcción correspondiente. Adicionalmente, es importante revisar los periodos de notificación y las disposiciones aplicables a una posible suspensión en el cumplimiento de obligaciones. Finalmente, es importante revisar la aplicación de seguros bajo dichas circunstancias.
6. Contratos Específicos de Hospitalidad:
Dado el brote de COVID-19, una de las industrias más afectadas será la Industria de la Hospitalidad. Por tanto, debido a que los Contratos de Franquicia y Administración son los contratos de hospitalidad más comunes dentro de esta industria, a continuación describimos ciertos asuntos relevantes a considerar y ciertas recomendaciones:
Contratos de Franquicia de Hospitalidad.
Consideramos importante llevar a cabo la revisión de los Contratos de Franquicia correspondientes para confirmar las disposiciones acordadas dentro del Contrato, así como aquellas que deberán de ser adaptadas en términos de las medidas de salud y seguridad recomendadas por la Organización Mundial de la Salud, así como por parte de las autoridades mexicanas competentes.
Por último, el franquiciatario deberá de cumplir con todas las regulaciones laborales y tener un plan de contingencia para la ausencia de personal enfocado a la continuidad del nivel de servicio, calidad y uniformidad acordado en el Contrato de Franquicia correspondiente, considerando que la calidad del servicio, prestigio y uso de la marca registrada son algunos de los aspectos más importantes regulados por una Franquicia de Hospitalidad.
Contratos de Administración de Hospitalidad.
Es importante revisar los términos y disposiciones que pudieran ser afectados como resultado de la situación del COVID-19 en relación con Contratos de Administración, incluyendo sin limitación, los siguientes aspectos: (i) Sistemas de Marcas, (ii) operaciones de hotel o instalaciones de hospitalidad, (iii) suspensión o terminación del Contrato, (iv) Capacidades laborales y capacitación de los empleados del hotel o instalaciones de hospitalidad, (v) aspectos legales de las cuotas de administración, incentivos de cuotas de administración, cuotas de operación, cuotas por sistemas de marcas y cualesquiera cuotas de administración aplicables.
En caso de dudas adicionales, no dude contactar a nuestro Equipo de Hospitalidad en Basham.
ATENTAMENTE,
Daniel Del Río
delrio@basham.com.mx
Juan José López de Silanes
juanjoselopez@basham.com.mx
Jesús Colunga
jcolunga@basham.com.mx
Amilcar García
amgarcia@basham.com.mx
Ciudad de México, 23 de marzo de 2020.