Diario Oficial de la Federación (DOF), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

Compartir
FacebookXLinkedInEmail

Ciudad de México, 13 de abril de 2022.

Estimados Clientes y Amigos,

Hoy 13 de abril de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.300322/68.P.DIR mediante el cual se aprobaron los lineamientos generales para el cumplimiento de la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, referente a las condiciones y requisitos a cumplir por la contratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.

El Acuerdo refiere a la obligación de la presentación de información a cargo de las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas. Se estableció que los contratistas deberán presentar la información al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través del ICSOE dentro de los primeros 17 días del mes siguiente al cuatrimestre de que se trate, de conformidad con lo siguiente esquema:

 

 

Para tal efecto, el IMSS publicará, en su página de internet, el listado de Contratos de Servicios u Obras Especializadas reportados ante el Instituto y actualizará mensualmente la información.

El Instituto revisará la información reportada y, en caso de identificar errores en los datos de los trabjadores relacionados con el cumplimiento de los contratos reportados o cualquier otro dato consignado en el ICSOE, el IMSS podrá solicitar al prestador de servicios especializados o ejercutor de obras especializadas que presente la corrección dentro de los 10 días hábiles siguientes al requerimiento.

Con el objeto de que los prestadores de servicios especializados o ejecutores de obras especializadas presenten de forma correcta la información de los contratos celebrados, el Instituto podrá realizar diversos cruces de información con su información y la obtenida de otras fuentes y autoridades, a efecto de identificar probables inconsistencias en lo reportado por los contratistas, sin que por esto se considere que el Instituto ha iniciado facultades de comprobación.

Desde luego los abogados del área de Seguridad Social de la Firma, estamos a sus órdenes para comentar el contenido de esta nota.

Con un cordial saludo,

Gil A. Zenteno García.
Socio Fiscal/Seguridad Social
zenteno@basham.com.mx

Gerardo Nieto
Socio Fiscal/Seguridad Social
nieto@basham.com.mx

Jorge de Presno
Socio Laboral/Seguridad Social
jorgedepresno@basham.com.mx

Santiago Villanueva Durán.
Asociado Senior Seguridad Social
svillanueva@basham.com.mx