Ciudad de México, 14 de abril de 2020.
En sesión vespertina de 13 de abril de 2020, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) autorizó los instrumentos legales y administrativos para facilitar a las empresas el correcto pago de cuotas obrero-patronales, con motivo de la propagación del virus COVID-19.
En ese documento, se establece el beneficio a patrones para que puedan suscribir un Convenio de pago de cuotas en parcialidades. Para tal efecto, el importe inicial a cubrir será del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera, el resto (80%) podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses. La formalidad de este Convenio no sufre modificación alguna y seguirá regulándose en términos de los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social.
Se mantiene la autorización del Consejo Técnico del IMSS para que los patrones no tengan que otorgar garantías con motivo de la suscripción del Convenio.
El plazo de pago que pueden elegir los patrones será de 12, 24 y más de 24 meses y las tasas de interés mensual serán del1.26% al 1.82%.
Asimismo, de conformidad con el artículo 31 de la Ley del Seguro Social, se informa a los patrones el derecho de descontar del pago de cuotas obrero patronales hasta 7 días por ausentismos siempre que subsista la relación laboral con el trabajador. Durante estos días únicamente se pagará la cuota que corresponde al Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Finalmente, se confirman como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020 y la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen.
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ATTENTION,
Gil Zenteno García
Gerardo Nieto Martínez
Jorge G. De Presno
Santiago Villanueva Durán