Ciudad de México, a 5 de Diciembre 2024.
El 4 de diciembre de 2024, el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) acordó por unanimidad un incremento al salario mínimo que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025.
El aumento al salario mínimo será el siguiente:
- En la zona libre de la frontera norte, se aplicará un incremento porcentual del 6.5%, más $19.36 M.N. por concepto de Monto Independiente de Recuperación (MIR), elevando el salario mínimo de $374.89 M.N. a $419.88 M.N. diarios.
- En el resto de la República, se realizará un ajuste porcentual del 6.5%, más $12.85 M.N. por concepto de MIR, elevando el salario mínimo general de $248.93 M.N pesos a $278.80 M.N. diarios.
Este incremento se logró en consenso con empresarios, sindicatos y el gobierno federal, y representa un aumento global del 12% al salario mínimo general, a partir del 1 de enero de 2025. Así lo anunció la Presidenta Claudia Sheinbaum en diversos medios de comunicación, sin embargo, es de suma importancia distinguir que el incremento porcentual dado a conocer por resolución de la CONASAMI es del 6.5%, el cual, sumado con el MIR, tienen como finalidad la recuperación del poder adquisitivo de los salarios mínimos.
Lo anterior es de especial relevancia ya que, para efectos de negociaciones colectivas y revisiones salariales suele tomarse como referencia el incremento publicado por la CONASAMI, esto es, solamente el 6.5%, más no así la suma del porcentaje más el MIR.
Tras el anuncio de la Presidenta Sheinbaum y la resolución de la CONASAMI, seguirá su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Secretario de Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños, mencionó que con este aumento se busca que el salario mínimo siga su camino para alcanzar las 2.5 veces la canasta básica, señalando también que en lo que va del sexenio anterior y este sexenio, el salario mínimo ha tenido un aumento del 135%, sin que esto haya tenido un efecto inflacionario.
Será muy importante que las empresas revisen sus tabuladores salariales para confirmar que los salarios iniciales no se hayan quedado por debajo del salario mínimo que entrará en vigor a partir del 2025. De ser el caso, los ajustes se deben de realizar a partir del 1 de enero de 2025, ya que no cumplir con el pago del salario mínimo, no solo tiene consecuencias como multas establecidas por la Ley Federal del Trabajo, sino que también puede ser considerado como un delito de explotación laboral.
Por lo anterior, recomendamos ampliamente el hacer un acercamiento con el sindicato, con el fin de establecer una estrategia correcta de comunicación, ya que los trabajadores con salarios bajos pudieran tener este aumento derivado del incremento al salario mínimo, más el aumento por revisión salarial o contractual.
Este boletín fue preparado por el área Laboral con el apoyo de Regina Torres-Septién.
Sincerely yours,
Jorge G. de Presno Arizpe
David Puente Tostado
Luis Álvarez Cervantes