Ciudad de México a 25 de julio del 2023.
El 18 de julio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió el comunicado de prensa 275/2023, por el que aclaró el contenido de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 25/2022 (11a.), referente al pago de aportaciones de vivienda.
La Jurisprudencia emitida por la Segunda Sala de la SCJN, señaló que si un trabajador demuestra que su patrón no lo inscribió ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) durante el tiempo que duró su relación laboral, el empleador estará obligado al pago de las aportaciones de vivienda omitidas, aun cuando ya no persista la relación laboral.
Si bien el criterio emitido por la SCJN sólo refiere a las aportaciones de INFONAVIT, el patrón también podría ser condenado al pago de cuotas obrero patronales adeudadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
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