BASHAM NEWS

La Ley Silla sigue su proceso legislativo.

Share
FacebookXLinkedInEMAIL

Ciudad de México, a 10 de octubre 2024.

El pasado 2 de octubre de 2024, la Cámara de Diputados aprobó la denominada «Ley Silla», un proyecto que propone reformar la fracción V del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

Cabe destacar que este no es un proyecto nuevo; ya que fue presentado desde septiembre de 2023 sin avances significativos, motivo por el cual fue impulsado nuevamente este año, mediante la nueva propuesta de reforma por parte del Diputado Ricardo Monreal.

Esta modificación establece la obligación de los empleadores de proporcionar a sus trabajadores asientos o sillas con respaldo para el desempeño de sus funciones, o para que puedan tomar descansos periódicos durante la jornada laboral en las áreas designadas para este fin. Además, la reforma prohíbe a los empleadores exigir que los trabajadores permanezcan de pie durante toda la jornada o impedirles sentarse mientras realizan sus labores.

Esta medida tendrá que reflejarse en los Reglamentos Interiores de Trabajo de las empresas, los cuales deberán especificar los periodos de descanso obligatorio durante la jornada de trabajo y las normas para el uso de sillas o asientos durante la jornada laboral.

Aunque esta obligación ya estaba prevista en la Ley Federal del Trabajo, las nuevas disposiciones se centran en garantizar el “derecho al descanso” de los trabajadores, especialmente de aquellos que normalmente laboran de pie en los sectores de servicios y comercio. La reforma no tiene excepciones, por lo que tendremos que ver el avance de las interpretaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, respecto a su impacto en establecimientos industriales.

El objetivo de la reforma es mejorar las condiciones laborales de quienes deben permanecer de pie por largos periodos de tiempo durante la jornada laboral, así como proteger su salud y bienestar, promoviendo espacios laborales más seguros que prevengan riesgos de trabajo y aumenten la productividad.

En caso de incumplimiento, las sanciones incluyen multas que oscilan entre 250 y 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos entre $27,142.50 y $271,425.00 pesos mexicanos. En situaciones de reincidencia, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá realizar una inspección laboral y, en caso de detectar infracciones, podría ordenar la suspensión temporal de las actividades de la empresa.

Esta reforma refleja los esfuerzos continuos de los legisladores por promover cambios en la ley que prioricen los derechos humanos y erradiquen prácticas como las jornadas excesivas, la explotación laboral, el acoso y la discriminación. Estos temas son prioritarios no solo en México, sino que también vemos una tendencia creciente en otros países de América Latina y Europa.

El proyecto ha sido remitido a la Cámara de Senadores para continuar el proceso legislativo. De ser aprobado, se publicará en el Diario Oficial de la Federación, y los empleadores tendrán un plazo de 180 días a partir de su publicación para cumplir con las nuevas obligaciones.

Esta nota informativa fue preparada con el apoyo de Gabriela Guadarrama García.

The attorneys of Basham, Ringe y Correa, S.C. are at your disposal in case you have any questions or comments.

Sincerely yours,

Jorge G. de Presno Arizpe

jorgedepresno@basham.com.mx

David Puente Tostado

dpuente@basham.com.mx

Luis Álvarez Cervantes

lalvarez@basham.com.mx