La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el 21 de septiembre de 2016 un recurso de revisión en el que analizó la constitucionalidad de diversas limitantes a las deducciones para determinar el impuesto sobre la renta, incluyendo -entre otras-, las correspondientes a
(i) erogaciones que constituyen ingresos exentos para los trabajadores,
(ii) cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores pagadas por los patrones y,
(iii) aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones.
La Segunda Sala determinó -en nuestra opinión de forma infundada y preocupante-, que las referidas limitantes para deducir erogaciones de las empresas no violan los derechos fundamentales de los contribuyentes, no obstante sean erogaciones necesarias para su actividad, concluyendo que esas limitantes son constitucionales.
Es importante mencionar que en este momento tal determinación no constituye jurisprudencia, ya que la Segunda Sala únicamente resolvió un asunto aislado.
Cualquier aclaración o comentario, por favor, no duden en contactarnos.
ATTENTIVELY
José Hinojosa
nieto@basham.com.mx
Gil Zenteno
zenteno@basham.com.mx
Alejandro Barrera
barrera@basham.com.mx
Víctor Barajas
mbarajas@basham.com.mx
Mario Barrera
mbarrera@basham.com.mx
Ciudad de México a 28 de Septiembre de 2016.