Ciudad de México a 23 de enero de 2023.
El 20 de enero de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (LSS), destacando la inclusión y diversidad de género para el otorgamiento de prestaciones en especie y pago de pensiones.
Este Decreto incorpora como beneficiarios a la o el cónyuge del asegurado o asegurada o del pensionado o pensionada y a falta de éstos, a la concubina o el concubinario en su caso, a quien haya suscrito una unión civil con el asegurado o asegurada o el pensionado o pensionada, cualquiera que fuere su sexo, así como los ascendientes y descendientes de la o el asegurado o de la o el pensionado. Estas modificaciones a la LSS iniciarán su vigencia a partir del 20 de julio de 2023.
Se establece el concepto de unión civil como el acto jurídico bilateral que se constituye cuando las personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común con voluntad de permanencia y ayuda mutua, por el que se deriven obligaciones alimentarias, de sucesión o semejantes y que esté reconocido en la legislación de los estados, cualquiera que sea la denominación que adquiera.
En ese sentido, además de los beneficiarios citados en líneas atrás, las personas que convivan en unión civil tendrán derecho a recibir:
- Prestaciones por muerte derivada por un riesgo de trabajo que cubran gastos de funeral, pensión de viudez, pensión de orfandad y pago de aguinaldo;
- Pensión para familiares ascendientes;
- Prestaciones médicas en el ramo de Enfermedad General;
- Beneficios previstos en el ramo Invalidez y Vida;
- Asignaciones familiares;
- Ayuda asistencial;
- Ayuda para gastos de matrimonio; y
- Servicios de guardería.
Finalmente consideramos que esta reforma constituye un importante logro en el ámbito de Derechos humanos en cuanto a la inclusión y diversidad de género refiere.
Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.
ATENTAMENTE
Lic. Gil Zenteno García
Lic. Gerardo Nieto Martínez
Lic. Jorge G. De Presno
Lic. Santiago Villanueva Durán