Ciudad de México a 10 de julio del 2023.
El 7 de julio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.260623/160.P.DIR, emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”), respecto a la exclusión como integrantes del Salario Base de Cotización, los pagos que exceden el monto máximo de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) y los pagos realizados por bono de productividad, o de cualquier otra naturaleza.
El Criterio Normativo establece como prácticas fiscales indebidas en materia de seguridad social, las siguientes:
- La exclusión del Salario Base de Cotización de los pagos que exceden el monto máximo de la PTU en términos del artículo 127, fracción VIII de la Ley Federal del Trabajo;
- El pago extemporáneo y el pago en parcialidades anticipadas de la PTU;
- La exclusión del Salario Base de Cotización de los pagos hechos por bono de productividad o de cualquier otra naturaleza; y
- La asesoría o participación de “despachos” que realicen o implementen las prácticas citadas en los puntos anteriores, así como a los contadores públicos autorizados que emitan una opinión de cumplimiento “Limpia y sin salvedades” en el Dictamen en materia de seguridad social, teniendo conocimiento de esas prácticas indebidas.
Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.
ATENTAMENTE
Lic. Gil Zenteno García
Lic. Santiago Villanueva Durán
Lic. Sebastián González Salmón
Lic. Daniela Hidalgo Martínez