Ciudad de México, 21 de julio de 2022.
En Julio de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (“SCJN”) resolvió un recurso de revisión en materia de seguridad nacional promovido por la Consejería del Ejecutivo Federal y determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera (“UIF”) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SCHP”) debía entregar una versión pública de las resoluciones en las que haya determinado remover a personas físicas y morales de la lista de personas bloqueadas para la realización de actos, operaciones o servicios con instituciones de crédito durante los años 2014 a 2020.
Asimismo, mencionó que deben testarse los datos personales de las personas eliminadas y de los terceros involucrados. Por tanto, quedó ratificada la decisión del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (“INAI”).
La Consejería del Ejecutivo Federal consideraba que la UIF no podía entregar dicha información pues ponía en riesgo la seguridad nacional, por lo que presentó un recurso para impedir que ésta información fuera difundida. La SCJN resolvió que la seguridad nacional no es vulnerada por la revelación de la información y que cuando fuera difundida debe proteger los datos personales y privacidad de las personas al testar aquellos datos personales de las personas involucradas.
Sin duda, resulta un precedente importante respecto a la transparencia y acceso a la información pública, y la protección de datos personales de los sujetos involucrados en las resoluciones.
Para acceder al comunicado de la SCJN ingrese al siguiente link.
El área de tecnologías de la información y protección de datos queda a sus órdenes.
A T E N T A M E N T E,
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Iván García igarcia@basham.com.mx