¿Qué deben saber la Industria de la Moda en relación al uso de Conocimientos Tradicionales y Expresiones Culturales en sus diseños?

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Se estima que, en 2019, la industria de la moda crecerá en América Latina entre 4y 5%[1]. Además,México ha sido considerado como el mercado mas atractivo para las marcas de lujo[2]. Sin embargo, recientemente, marcas famosas de la industria de la moda se han visto envueltas en casos mediáticos derivado de la incorporación en sus colecciones de diseños que forman parte del patrimonio cultural de comunidades indígenas y que se le ha denominado desde una perspectiva antropológica “Apropiación Cultural”. Cabe mencionar que México cuenta con 68 pueblos indígenas cada una con una vasta riqueza cultural, que sirven de fuente de inspiración para muchos diseñadores.

En ciertas jurisdicciones en donde las comunidades indígenas abundan, tales como México, cada vez surgen más casos en donde los integrantes de dichas comunidades se inconforman frente a la supuesta utilización de sus conocimientos tradicionales o folclore, especialmente aquellos relacionados con diseños textiles o símbolos tradicionales.

Es sabido que la protección del Patrimonio Cultural Inmaterial al cual se encuentran incorporados los Conocimientos Tradicionales vinculados al acceso de Recursos Genéticos y Expresiones Culturales Tradicionales ha representado un significante reto a nivel mundial y hasta el momento no existen criterios homogéneos que puedan traducirse en un andamiaje legal.

En México, si bien a nivel Constitucional se reconoce la pluriculturalidad de la Nación y los derechos de los indígenas, hoy por hoy no existe una regulación ad hoc al tema en lo que concierne a la protección de los Conocimientos Tradicionales vinculadas con las  Expresiones. Casos recientes involucran a famosos diseñadores que han propiciado el surgimiento de políticas gubernamentales e iniciativas tanto a nivel estatal como federal, para regular y proteger los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, entre ellas la Ley de Salvaguardia de los Conocimientos, Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos.

Asimismo, recientemente la Comisión Nacional de Derechos Humanos, emitió una recomendación (Recomendación General 35) sobre la Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas de la República Mexicana, en donde se recogen los casos relevantes que han involucrado marcas de renombre y en la cual expresamente se expone la necesidad de disposiciones legales para la protección de derechos colectivos, incluyendo mecanismos civiles y penales para dotar de acciones legales a las comunidades para ser usada  en contra de las empresas que se apropien indebidamente de su Patrimonio Cultural Inmaterial.

Con base en lo anterior, estos son los puntos principales que empresas dedicadas a la industria de la Moda deberán tomar en cuenta:

  • La Ley Federal del Derecho de Autor establece que las obras desarrolladas y perpetuadas por una comunidad estarán protegidas contra su deformación, cuando esta cause demérito o perjuicio a la reputación o imagen de la comunidad a la cual pertenecen.
  • Las obras mencionadas en el punto anterior son de libre utilización, siempre y cuando se mencione el nombre de la comunidad de la cual se derive. Se sugiere que se haga mención expresa del nombre de la comunidad cuando se use este tipo de obras.
  • Si bien no existe disposición legal al respecto, a efecto de evitar la exposición mediática que pudiera perjudicar la imagen de la empresa y posibles acciones legales por una supuesta aprobación cultural, se sugiere, en la medida de lo posible, solicitar el consentimiento previo e informado de la comunidad antes de usar algún elemento o diseño que pudiera derivar del Patrimonio Cultural de dicha comunidad, en los términos de la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Usualmente, las comunidades más que un beneficio económico busca el respeto y reconocimiento a sus tradiciones conservando el espíritu de las mismas. En este sentido, es posible construir esquemas en los cuales se beneficien las empresas y las comunidades a través de la incorporación de Conocimientos y Expresiones Culturales Tradicionales o Folclore en diseños para ser comercializados.

El equipo de Propiedad Intelectual de Basham se encuentra estudiando y monitoreando cualquier novedad legislativa y de políticas gubernamentales, para informar oportunamente a nuestros clientes. Estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario

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Ciudad de México, a 11 de julio de 2019.



[1] Statista 2019. Business of Fashion; Mckinsey.

[2] Deloitte. Global Powers of Luxury Goods 2018.