Ciudad de México, 03 de mayo de 2022.
El pasado 28 de abril de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma la fracción IX del artículo 132 y la fracción V del artículo 204 de la Ley Federal del Trabajo.
Al respecto, la reforma le impone a los patrones la obligación de conceder a sus empleados el tiempo necesario para ejercer su derecho al voto en las elecciones populares, los procesos de revocación de mandato y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, cuando dichas actividades deban cumplirse dentro de sus horarios laborales. El pasado 10 de abril de 2022, se llevó a cabo la consulta de revocación de mandato, misma que no se encontraba contemplada en la Ley Federal del Trabajo, lo que produjo a los patrones dudas sobre la obligación de permitir a tus trabajadores el tiempo necesario para ejercer su derecho a votar.
Asimismo, se establece que aquellos patrones que tienen a trabajadores que prestan sus servicios en buques, tendrán la obligación de concederles el tiempo suficiente para que participen en elecciones populares y procesos de revocación de mandato, siempre que la seguridad del buque lo permita y no entorpezca su salida en la fecha y hora establecida.
En este sentido, se asignan nuevas obligaciones a los patrones, por lo que deberán tomar las medidas necesarias para que sus empleados puedan participar en las actividades antes mencionadas dentro de su jornada habitual de labores.
Los abogados que integramos el área laboral de Basham, Ringe y Correa, S.C. nos reiteramos a sus órdenes en caso de que tengan alguna duda o comentario.
A T E N T A M E N T E,
Jorge De Presno jorgedepresno@basham.com.mx
David Puente dpuente@basham.com.mx
Álvaro González agonzalez@basham.com.mx