SE PUBLICAN NUEVAS CUOTAS PARA DETERMINACIÓN Y PAGO DE CUOTA DE GARANTÍA DE NO CADUCIDAD

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Ciudad de México, 14 de octubre de 2019.

 

El pasado 9 de octubre de 2019, la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios de la Subsecretaría de Ingresos adscrita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó, en el Diario Oficial de la Federación, Oficio no. 349-B-521, mediante el cual autoriza a la Comisión Nacional del Agua (“CONAGUA”), bajo la figura de aprovechamientos, las cuotas por metro cuadrado necesarias para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad.

 

De conformidad con la Ley de Aguas Nacionales, la CONAGUA puede decretar la caducidad, total o parcial, de las aguas nacionales otorgadas en concesión o asignación, cuando éstas se dejen de explotar, usar o aprovechar durante dos años consecutivos. Los concesionarios o asignatarios pueden optar por el pago de la cuota de garantía de no caducidad para evitar que la CONAGUA declare la caducidad de los volúmenes no utilizados.

 

A continuación se enlistan los nuevos montos de las cuotas para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad:

 

Usos Zona de disponibilidad de agua
Aguas superficiales Aguas subterráneas
1 2 3 4 1 2 3 4
Por las aguas provenientes de fuentes superficiales o extraídas del subsuelo, a excepción de las del mar: 18.5528 8.5411 2.8004 2.1415 24.9993 9.6766 3.3693 2.4491

En tanto no sean autorizados los aprovechamientos para el ejercicio fiscal 2020, se aplicarán los vigentes al 31 de diciembre de 2019, multiplicados por el factor de actualización previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020, aplicando el factor vigente en el mes en el que fueron autorizados dichos aprovechamientos.

 

Los abogados de la Práctica de Derecho Ambiental de la Firma estamos a sus órdenes para atender cualquier duda respecto del contenido de la presente.

 

Daniel del Río delrio@basham.com.mx
Ricardo Evangelista revangelista@basham.com.mx
Mariana Arrieta marrieta@basham.com.mx