Ciudad de México a 9 de Enero 2025.
1. Acuerdo. El 20 de diciembre de 2024, la Comisión Reguladora de Energía (en adelante, “CRE”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo A/134/2024, a través del cual, declaró la caducidad de 85 permisos de comercialización y expendio al público de petrolíferos (en adelante, “Agreement").
2. Contenido del Acuerdo. El Acuerdo menciona que, como parte del proceso de caducidad -como uno de los supuestos de terminación de los permisos-, la CRE otorgó a los permisionarios un plazo de 10 días hábiles para presentar documentación que desvirtuara la actualización de la caducidad, sin embargo, no se recibieron pruebas que acreditaran la realización de las actividades autorizadas.
El Acuerdo establece que la caducidad de estos permisos es una medida declarativa que se aplica cuando los titulares no ejercen los derechos conferidos por un periodo prolongado, afectando las obligaciones establecidas en la Ley de Hidrocarburos.
Por último, la CRE añadió que, de conformidad con la Ley de Hidrocarburos, la caducidad de los permisos no exime a sus titulares de las responsabilidades contraídas durante su vigencia, con el Gobierno Federal y con terceros, por lo que se podrá exigir el cumplimiento de obligaciones pendientes.
El listado de los 85 permisos en comento podrán encontrarlo en el siguiente link:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5745821&fecha=20/12/2024#gsc.tab=0
3. Impugnación del Acuerdo. Derivado de la naturaleza del Acuerdo, éste únicamente puede ser impugnado, a través del juicio de amparo indirecto.
En Basham, Ringe y Correa, S.C., estamos a sus órdenes para asesorarlos en relación con las implicaciones legales que pudiera tener el Acuerdo y su impugnación, así como cualquier otro tema relacionado.
Sincerely yours,
Juan Carlos Serra Campillo
Diana Rangel León
Pablo Nosti Herrera
César Augusto Reyes López
Daniela Pineda Robles
dpineda@basham.com.mx