22 de enero, 2026

El 19 de enero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Economía Circular y, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en adelante, “Decree").
- Antecedentes
La publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Federación da continuidad a los esfuerzos legislativos previamente documentados en la NotiBasham titulada “Economía Circular: Cambios clave para la industria en México”, en la cual se analizó la iniciativa de Ley y sus principales implicaciones regulatorias para el sector industrial.
Cabe señalar que el texto finalmente publicado no incorpora modificaciones sustantivas respecto de la iniciativa previamente analizada, por lo que se mantienen los alcances y obligaciones descritos en dicha publicación.
Enlace a la publicación: https://basham.com.mx/economia-circular-cambios-clave-para-la-industria-en-mexico/
- Relevancia del Nuevo Marco Legal
La Ley General de Economía Circular representa un cambio estructural en la forma de producir, consumir y gestionar materiales y residuos. Su objetivo es promover la transición del esquema tradicional de producción y consumo hacia un modelo de economía circular, en el que los recursos se aprovechen de manera más eficiente y se prolongue su vida útil.
Este nuevo marco normativo fomenta un uso más eficiente y responsable de los recursos, lo que tendrá impactos directos en las decisiones operativas y estratégicas de las empresas. En particular, las industrias deberán incorporar criterios de economía circular en el diseño de productos, la gestión de las cadenas de suministro y la implementación de estrategias de gestión y valorización de residuos.
- Aplicación del Decreto
El Decreto entró en vigor el 20 de enero de 2026, a partir de lo cual las autoridades competentes podrán exigir su cumplimiento, conforme a los plazos previstos en los artículos transitorios. Entre los elementos relevantes, destacan las siguientes:
- Expedición del Reglamento de la Ley General de Economía Circular. Deberá emitirse dentro de los 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del Decreto. Dicho ordenamiento desarrollará las obligaciones específicas previstas en la Ley, incluyendo los requisitos y formalidades para el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular.
- Armonización de la legislación local. Deberá adecuarse dentro de los 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del Decreto. En caso de incumplimiento, resultarán aplicables de manera directa las disposiciones de la Ley General.
- Implementación gradual de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP). Se emitirán acuerdos generales para la implementación de la REP, en los que se establecerán los mecanismos para la aplicación gradual de las obligaciones previstas en el Decreto.
En Basham, Ringe y Correa, S.C., estamos preparados para ofrecer asesoría integral en materia regulatoria y ambiental, así como para hacer valer los medios legales de defensa en caso de que se vean transgredidos los derecho de los particulares.
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Juan Carlos Serra
Adolfo Athié
Jesus Colunga
Marina Fernández
María Regina Sotelo