Ciudad de México a 23 de abril de 2024.
Introducción
El 14 de septiembre de 2023, la Secretaria de Economía (Secretaría) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias” en el que informó que la vigencia de las cuotas compensatorias aplicables a los atomizadores de plástico de China expiraría el 22 de abril de 2024 y que los productores nacionales podían manifestar su interés en iniciar un tercer examen de vigencia a más tardar el 12 de marzo de 2024. El 5 de marzo de 2024, Olan de México, S.A. de C.V. (Olan), productor nacional de atomizadores de plástico, manifestó su interés en que la Secretaría iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria aplicable a dicho producto.
El 19 de abril de 2024, la Secretaría publicó en el DOF el inicio del procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria aplicada a las importaciones de atomizadores de plástico de China.
Antecedentes
- Investigación antidumping. El 21 de abril de 2009, la Secretaría publicó en el DOF la Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de válvulas sin casquillo y atomizadores de plástico de China en la que determinó: i) imponer una cuota compensatoria definitiva de 86% a las importaciones de atomizadores de plástico de China y ii) no imponer cuota compensatoria a las importaciones de válvulas sin casquillo de China.
- 1er examen de vigencia. El 16 de febrero de 2015, la Secretaría publicó en el DOF la Resolución Final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico de China en la que determinó prorrogar por cinco años (22 de abril de 2014 – 22 de abril de 2019) la cuota compensatoria de 86%.
- 2o examen de vigencia. El 2 de junio de 2020, la Secretaría publicó en el DOF la Resolución Final del segundo examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico de China en la que determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria por cinco años (22 de abril de 2019 – 22 de abril de 2024) la cuota compensatoria de 86%.
Producto examinado
El producto examinado son los atomizadores de plástico con diámetro de rosca entre 15 y 24 milímetros, en alturas 410 y 415 (conforme a los parámetros del Glass Packaging Institute), incluidos los atomizadores con casquillo de aluminio. Los atomizadores de plástico cuentan con diferentes componentes, incluidos el tubo, activador, inserto, rondana, tapa, motor y un resorte de alambre inoxidable. Además, cuentan con una rosca de plástico que se enrosca en una botella y por lo general se identifican por el diámetro y la altura de la rosca de plástico. Este producto ingresa a México a través de la fracción arancelaria 9616.10.01 de la TIGIE.
Fecha estimada para responder el Formulario Oficial
19/4/2024 | Resolución de Inicio. |
Finales de mayo | Respuesta a los Formularios Oficiales. |
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