03 de febrero, 2026

El 15 de enero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto de reforma que incluye modificaciones a diversas disposiciones legales, entre las cuales se encuentra la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de fortalecer la igualdad sustantiva y garantizar entornos laborales libres de violencia y discriminación.
Como contexto, la igualdad sustantiva es el principio según el cual todas las personas trabajadoras deben tener las mismas oportunidades y condiciones reales, no solo por ley, sino en la práctica cotidiana.
Entre los aspectos más relevantes de esta reforma se destacan los siguientes:
- Se refuerza el concepto de trabajo digno, incorporando expresamente la obligación de que este se desarrolle en un entorno libre de violencia y discriminación, con pleno respeto a los derechos humanos.
- Se consolida el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, como un eje rector de las relaciones laborales.
- Se establece la obligación, tanto para personas trabajadoras como para personas empleadoras, de mantener espacios laborales libres de discriminación y de cualquier forma de violencia, en particular aquella ejercida contra las mujeres.
En este sentido, la reforma introduce una nueva obligación para las personas empleadoras, consistente en capacitar a su personal en materia de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Es importante señalar que esta obligación puede ser objeto de verificación en el marco de inspecciones laborales, en línea con el Protocolo para la Inspección Laboral con Perspectiva de Género publicado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en marzo de 2024. En este contexto, es previsible que, al contar con mayores herramientas y sustento normativo, los inspectores del trabajo refuercen sus criterios de revisión y, en consecuencia, se incrementen los riesgos de imposición de multas ante eventuales incumplimientos.
Finalmente, esta reforma implica la necesidad de que las empresas revisen y, en su caso, actualicen sus políticas internas, programas de capacitación y mecanismos de atención de quejas, a fin de alinearlos con este enfoque de igualdad sustantiva y prevención de la violencia.
Esta nota informativa fue preparada con el apoyo de Gabriela Guadarrama García y Joanna Lizbeth Díaz Méndez.
Los abogados que integramos el área de Laboral de Basham, Ringe y Correa, S.C., nos reiteramos a sus órdenes en caso de que tengan alguna duda o comentario.
Sincerely yours,
Jorge G. de Presno Arizpe
David Puente Tostado
Luis Álvarez Cervantes