19 de diciembre, 2025

El 16 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la resolución emitida por la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”), mediante la cual se revocó la autorización otorgada a Vector Casa de Bolsa, S.A. de C.V. (“Vector”) para organizarse y operar como casa de bolsa, así como la autorización para funcionar como operadora de fondos de inversión.
La revocación deriva de la solicitud presentada por Vector el 1 de diciembre de 2025, la cual fue analizada y aprobada por la CNBV. El 12 de diciembre de 2025, la Junta de Gobierno de la CNBV resolvió por unanimidad aprobar la solicitud de Vector e instruir el inicio del proceso de liquidación de la institución.
Antecedentes de la Revocación
El 25 de junio de 2025, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, a través de la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN), emitió un señalamiento en contra de diversas instituciones financieras mexicanas, incluyendo a Vector, por presuntas deficiencias en sus controles internos que habrían facilitado operaciones de lavado de dinero.
Como respuesta, Vector implementó un plan de acción que dio inicio a un proceso de reorganización y transferencia ordenada de sus activos y de las cuentas de sus clientes. Como parte de esta estrategia, Vector celebró un acuerdo con Casa de Bolsa Finamex, S.A.B. de C.V. para la transferencia de cuentas y activos nacionales, mientras que las actividades internacionales y otros activos fueron objeto de negociaciones con instituciones financieras extranjeras.
Inicio del proceso de liquidación
La CNBV, con fundamento en los artículos 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y 350 y 360 de la Ley de Mercado de Valores (“LMV”), notificó a Vector el inicio formal del proceso de liquidación, requiriéndole la entrega del instrumento público en el que se formalice la revocación de la autorización. Asimismo, fue designado como liquidador el C. Gerardo Maldonado García.
Implicaciones regulatorias y de mercado
- Refuerza el uso de los mecanismos de salida ordenada de intermediarios financieros previstos en la LMV.
- Subraya la relevancia de los controles internos y de cumplimiento en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, particularmente frente a señalamientos de autoridades extranjeras.
- Evidencia la coordinación entre autoridades y participantes del mercado para la protección de clientes y la continuidad operativa mediante la transferencia ordenada de cuentas y activos.
Los abogados del área de Bancario y Financiero se encuentran a sus órdenes para resolver cualquier duda sobre lo anterior.
ATTENTION,
Lic. Pedro Said Nader
Lic. Mariana Campos Clasing
Lic. Carlos Keigo Chávez Kubota
Pasante en Derecho Fernando Orduña Moctezuma