Ciudad de México a 14 de marzo del 2023.
El pasado 9 de marzo de 2021 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, contra la cual se promovieron diversos juicios de amparo indirectos.
Dichos juicios fueron tramitados ante los Juzgados de Distrito Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, quienes, en la mayoría de los casos resolvieron otorgar el amparo a los particulares, sin embargo, dichas sentencias fueron impugnadas por el Gobierno Federal a través de la interposición del recurso revisión, por lo que los expedientes fueron remitidos para su estudio y resolución a los Tribunales Colegiados de Circuito Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió ejercer su facultad de atracción, para estudiar los asuntos mencionados.
En caso de que se conceda la protección federal a los particulares, los artículos que se declararían inválidos serían el 3, fracciones V, XII, XII bis, XIV, 53 y 108 fracción VI, los cuales atienden entre otros, los siguientes temas:
– Definición de central eléctrica legada
– Contratos de cobertura eléctrica con compromiso de entrega física
– Contrato legado para suministro básico
-Contratos de cobertura eléctrica por subasta
-Las facultades del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)
Actualmente los expedientes están bajo el estudio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en caso de que ésta los resuelva para que sean confirmados los efectos de los amparos resueltos por los Juzgados de Distrito, será suficiente con que se alcancen tres votos de los cinco posibles; es decir, alcanzar una mayoría simple en la sala.
Es importante mencionar que los particulares afectados que no promovieron un juicio de amparo en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica aún cuentan con la posibilidad de promover otro, con motivo del primer acto de aplicación de dicha Ley.
Los abogados del área de Derecho Energético, Regulatorio y Administrativo estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo y asesoría que requieran sobre el particular.
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