Ciudad de México a 22 de julio de 2026.

El 20 de julio de 2026, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (Secretaría) publicó el Boletín No. 63/2026, en el cual invita a empleadores y responsables de centros de trabajo a verificar la identidad de las y los Inspectores Federales del Trabajo antes de permitir el inicio de una visita de inspección, mediante el portal electrónico «Conoce a tu Inspector», el cual permite confirmar que el personal que realiza la visita se encuentra adscrito a la Secretaría y cuenta con facultades para llevar a cabo funciones de inspección.
De acuerdo con el comunicado, la inspección laboral constituye el mecanismo mediante el cual la Secretaría supervisa el cumplimiento de la legislación laboral, con el propósito de garantizar condiciones de trabajo seguras y dignas, así como la protección de los derechos de las personas trabajadoras. Durante dichas visitas, los Inspectores Federales del Trabajo verifican el cumplimiento de diversas obligaciones previstas en la normatividad laboral, incluyendo aspectos relacionados con las condiciones generales de trabajo, la seguridad y salud en el trabajo y demás disposiciones aplicables.
Como parte de esta estrategia, la Secretaría recomienda que, previo al inicio de cualquier visita de inspección, las empresas ingresen al portal «Conoce a tu Inspector» para corroborar la identidad del Inspector Federal del Trabajo y validar la orden de inspección correspondiente.
De acuerdo con la autoridad, esta medida tiene como finalidad prevenir posibles casos de suplantación de identidad y brindar mayor certeza sobre la legalidad del procedimiento de inspección.
Si bien el comunicado no establece nuevas obligaciones legales para los empleadores ni modifica el procedimiento previsto en el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, sí constituye una recomendación relevante para fortalecer los mecanismos internos de atención de inspecciones laborales y reducir el riesgo de que personas ajenas a la autoridad pretendan ingresar a los centros de trabajo haciéndose pasar por inspectores.
En este sentido, recomendamos que las empresas revisen y, en su caso, actualicen sus protocolos internos para la atención de inspecciones laborales, incorporando como una práctica previa al inicio de cualquier visita la verificación de la identidad del Inspector y de la orden de inspección mediante el portal habilitado por la Secretaría. Asimismo, resulta conveniente que el personal de recepción, seguridad, recursos humanos y jurídico conozca el procedimiento a seguir ante la presencia de inspectores de la autoridad laboral.
Es importante destacar que esta herramienta únicamente resulta aplicable respecto de las inspecciones federales practicadas por la Secretaría. Desafortunadamente, un mecanismo similar no ha sido implementado por la mayoría de las autoridades laborales de las entidades federativas para las inspecciones locales, por lo que, en dichos casos, la verificación de la identidad de los inspectores continúa dependiendo de la revisión física de las credenciales oficiales, la orden de inspección y demás documentos que acrediten la legalidad de la visita. Consideramos que la implementación de plataformas similares por parte de las autoridades locales contribuiría significativamente a brindar mayor certeza jurídica a los empleadores, fortalecer la transparencia de los procedimientos de inspección y reducir el riesgo de actos de suplantación de identidad o de posibles prácticas irregulares.
Esta nota informativa fue preparada con el apoyo de Ana Sofia Lazcano.
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