Estímulos fiscales a los asignatarios obligados a realizar pagos provisionales mensuales del derecho por la utilidad compartida y del derecho de extracción de hidrocarburos.

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Ciudad de México, a 27 de agosto 2024

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican.

Con el propósito de impulsar la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos en el país, el Ejecutivo Federal consideró necesario conceder estímulos fiscales en beneficio de los asignatarios obligados al pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2024, en el caso del derecho por la utilidad compartida, y de junio y julio de 2024, respecto del derecho de extracción de hidrocarburos, en los siguientes términos:

  • Se otorga un estímulo fiscal a los asignatarios que estén obligados a realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del derecho por la utilidad compartida, correspondiente a los meses de mayo, junio y julio de 2024.

El estímulo consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho por la utilidad compartida que corresponda a los meses de mayo, junio y julio de 2024, y se debe acreditar contra el mismo derecho que resulte a pagar en esos periodos mensuales a cuenta del derecho anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

  • Se otorga un estímulo fiscal a los asignatarios que estén obligados a realizar pagos mensuales del derecho de extracción de hidrocarburos, correspondiente a los meses de junio y julio de 2024.

El estímulo consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho de extracción de hidrocarburos que corresponda a los meses de junio y julio de 2024, y se debe acreditar contra el mismo derecho que resulte a pagar en esos periodos mensuales.

  • Estos estímulos fiscales no constituyen ingresos acumulables para fines fiscales ni darán lugar a devolución alguna.
  • El Servicio de Administración Tributaria queda facultado para expedir las disposiciones de carácter general necesarias para la aplicación del presente decreto.


Este Decreto entra en vigor hoy 27 de agosto de 2024. 

Atentamente,

Gerardo Nieto
nieto@basham.com.mx

Gil Zenteno
zenteno@basham.com.mx

Alejandro Barrera
barrera@basham.com.mx

Víctor Barajas
mbarajas@basham.com.mx

Francisco Matus
fmatus@basham.com.mx

Norberto Ruiz
nruiz@basham.com.mx