IMSS: Pagos en Efectivo o con Depósitos Bancarios Realizados a los Trabajadores con Cargo a Fondos o Planes de Pensiones

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El IMSS expidió el Criterio Normativo 01/2016, considerando una práctica indebida la entrega de cantidades en efectivo o en especie a los trabajadores y que son registradas en la contabilidad del patrón como aportaciones con cargo a fondos de planes de pensiones.
El artículo 27 de la Ley del Seguro Social señala diversos conceptos que no deben ser integrados al salario base de cotización, como las aportaciones con cargo al fondo de pensiones que se entreguen directamente a los trabajadores durante el tiempo que laboren con su patrón.
Recientemente el IMSS ha detectado que indebidamente algunos patrones entregan cantidades en dinero en efectivo a sus trabajadores o las depositan en sus cuentas de nómina, registrándolas en su contabilidad y en los recibos de nómina como “aportaciones o pagos con cargo a fondos de planes de pensiones”.
El criterio que ha establecido el IMSS para considerar una práctica indebida esos pagos realizados por los patrones, es que solo podrán excluirse del salario base de cotización las aportaciones que se realicen para constituir fondos de planes de pensiones que cumplan con los requisitos y disposiciones emitidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo necesario o cualquier asesoría que requieran sobre el particular.
ATENTAMENTE
 

Lic. Gerardo Nieto Martínez nieto@basham.com.mx
Lic. Gil Zenteno García zenteno@basham.com.mx
Lic. Jorge G. De Presno jorgedepresno@basham.com.mx
Lic. Santiago Villanueva Durán svillanueva@basham.com.mx

 
Ciudad de México a 8 de Junio de 2016.