LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ORDENA LA REGULACIÓN DEL CONSUMO TERAPÉUTICO, INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y PRÁCTICA MÉDICA DEL CANNABIS.

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El 19 de junio del 2017 mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, se reformaron diversas disposiciones de la Ley General de Salud a fin de favorecer diseño e implementación de un marco regulatorio integral para la regulación de los derivados farmacológicos del cannabis incluyendo su uso terapéutico e industrial. Mediante artículo transitorio a esta reforma, se otorgó a la Secretaría de Salud un plazo de 180 días a partir de la publicación, para regular y armonizar la normatividad relevante en este sentido.

En su momento, la Secretaría de Salud no acató esta instrucción en el periodo originalmente establecido para ello; por lo que al día de hoy, si bien el uso terapéutico e industrial del cannabis se encuentra referido en la Ley General de Salud, no se cuentan todavía con los reglamentos, instituciones, mecanismos y distribución de competencias necesarias para su implementación.

El incumplimiento con esta disposición llevó a un paciente con Síndrome de West a interponer un Amparo Indirecto, argumentando que requiere de productos derivados del cannabis para su tratamiento. En este sentido, el quejoso solicitó que se subsane la omisión reglamentaria a fin de armonizar la legislación y garantizar el acceso médico a los productos del cannabis en términos de la Ley.

Derivado de la inconstitucionalidad de esta omisión reglamentaria y su afectación al derecho a la protección de la salud del paciente, el caso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El 14 de agosto de 2019, a propuesta del Ministro Eduardo Medina Mora, la Segunda Sala de la Corte ordenó a la Secretaría de Salud el cumplir con la obligación establecida en el transitorio de la Reforma a la Ley General de Salud, otorgando a ésta, 180 días para armonizar la legislación en materia de uso terapéutico de cannabis.

La Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, ha informado que acatará dicha sentencia.

Por lo anterior, todo parece indicar que en un periodo de entre seis y nueve meses más, México contará con un marco regulatorio definido para el uso terapéutico del cannabis y sus derivados.

Nuestro grupo de práctica en materia de cannabis, esta a sus órdenes para cualquier duda o comentario relacionados con el particular.

 

A T E N T A M E N T E

Lic. Juan José Lopez de Silanes

lopez_de_silanes@basham.com.mx

Lic. Julio J. Copo Terrés

jcopo@basham.com.mx

 

Ciudad de México, 05 de septiembre de 2019.