PROGRAMA EN CONTRA DE OPERACIONES SIMULADAS AMPARADAS EN COMPROBANTES FISCALES DIGITALES

Compartir
FacebookXLinkedInEmail

En días pasados la titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que se están implementando estrategias para revisar las operaciones presuntamente simuladas, que se encuentran amparadas en comprobantes fiscales digitales (CFDI’s) emitidos por proveedores que no cuentan con los activos, personal, infraestructura y/o capacidad material, de manera directa o indirecta, para comercializar los bienes o prestar los servicios, así como por proveedores que se encuentren como no localizables.

Dentro de las estrategias implementadas por el SAT se encuentran las denominadas “cartas invitación”, a través de las cuales, sin iniciar formalmente el ejercicio de facultades comprobación, las autoridades fiscales solicitan a los contribuyentes copiosa información y/o documentación respecto de las operaciones amparadas en los CFDI’s y, de no proveerla, que se auto corrijan.

Asimismo, actualmente es una práctica común del SAT que durante el desarrollo de sus facultades de comprobación (visita domiciliaria o revisión de gabinete), soliciten evidencia fehaciente de cómo se materializó la enajenación del bien, o la manera en que se prestó el servicio,con la finalidad de poder otorgarle efectos fiscales a las facturas.

Es importante recordar que el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece un procedimiento para dar a conocer a los contribuyentes que emitieron CFDI’s que amparan operaciones presumiblemente simuladas, y derivado de ello, que quienes les dieron efectos fiscales a esas facturas acudan con las autoridades fiscales para acreditar la materialidad del concepto amparado en el CFDI, o bien que corrijan su situación fiscal.

En relación con lo anterior, el 16 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al CFF a través de la cual se modificó el artículo 113 y se adicionó el diverso 113-Bis,para calificar como delito la emisión y adquisición de CFDI’s que amparan operaciones simuladas.

Como recomendación general, sugerimos implementar mecanismos internos para revisar las publicaciones del SAT sobre los contribuyentes que presumiblemente emiten CFDI’s que amparan operaciones simuladas, así como documentar generosamente las operaciones que realizan.

Los abogados del área fiscal de la Firma estamos a sus órdenes para comentar el contenido de la presente, así como para apoyarlos en implementar los mecanismos más adecuados conforme a sus necesidades.

ATENTAMENTE

Lic. Gerardo Nietonieto@basham.com.mx
Lic. Gil Zentenozenteno@basham.com.mx
Lic. Alejandro Barrerabarrera@basham.com.mx
Lic. Victor Barajasmbarajas@basham.com.mx

Ciudad de México, 3 de julio de 2019.