Ciudad de México, 1 de septiembre de 2021.
La Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) publicó las Disposiciones Regulatorias de Emergencia para el Trámite y Desahogo de Denuncias sobre Posibles Infracciones a la Ley de Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad (“Disposiciones de Emergencia”).
La Ley de Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en materia de Contratación de Publicidad (“Ley de Publicidad”), cuya entrada en vigor es el 1 de septiembre de 2021, otorgará facultades a la COFECE para sustanciar y procesar denuncias derivadas de la misma. Las Disposiciones de Emergencia entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Entre las reglas se prevén:
- Las investigaciones por infracciones al artículo 10 de la Ley de Publicidad iniciarán por una denuncia y se sustanciará por la Autoridad Investigadora.
- No procederán denuncias presentadas por personas sin interés jurídico en términos del Artículo 2 de la Ley de Publicidad.
- Las indagatorias se llevarán hasta en 5 periodos de 120 días hábiles cada uno.
- Al concluir la investigación, y si existe probable responsabilidad, se iniciará la etapa de defensa por un procedimiento en forma de juicio donde se analizarán las pruebas y alegatos de los emplazados.
- El Pleno resolverá si se acredita o no alguna de las infracciones del Artículo 10 de la Ley de Publicidad y de ser acreditada, se impondrá una sanción.
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A T E N T A M E N T E,
Amilcar Peredo
Fernanda Garza
León Jiménez
Carmina Paredes
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