SE PUBLICA REFORMA A LA LEY DE AGUAS NACIONALES QUE ESTABLECE NUEVAS OBLIGACIONES A LAS PERSONAS QUE DESCARGUEN AGUAS RESIDUALES EN CUERPOS DE AGUA DE JURISDICCIÓN FEDERAL.

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Ciudad de México, a 14 de enero de 2020.

 

El día 6 de enero de 2020 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 120 y se adiciona una fracción VI Bis al artículo 88 Bis, ambos de la Ley de Aguas Nacionales (en lo sucesivo el “Decreto”). El Decreto entró en vigor el día 7 del mismo mes y año.

 

La nueva fracción VI Bis del artículo 88 Bis del Decreto establece que las persona físicas o morales que efectúen descargas de aguas residuales a los cuerpos receptores de jurisdicción federal deberán adoptar, en sus procesos productivos, la utilización de materiales biodegradables, siempre y cuando sean técnicamente viables. Para tal efecto, se deberá atender a las disposiciones reglamentarias en la materia. No obstante, hasta el momento se encuentran pendientes de ser emitidas las disposiciones reglamentarias en este rubro.

 

Asimismo, se actualizan los montos de las sanciones económicas, previstas en el artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, que se impondrán en caso de incurrir en las violaciones previstas en el artículo 119 de la misma ley, de la siguiente manera:

 

  • Se impondrá multa de 260 a 1,950 Unidades de Medida y Actualización (“UMA”), en el caso de violación a las fracciones X, XI, XVI, XXI y XXII del artículo 119 de la LAN (entre $ 22,590.00 y $ 169,416.00 pesos, aproximadamente).

 

  • Se impondrá multa de 1,560 a 6,500 UMA, en el caso de violación a las fracciones I, VI, XII, XVIII y XIX del artículo 119 de la LAN (entre $ 135,533.00 y $ 564,720.00 pesos, aproximadamente).

 

  • Se impondrá multa de 1,950 a 26,000 UMA, en el caso de violación a las fracciones II, III, IV, V, VII, VIII, IX, XIII, XIV, XV, XVII, XX, XXIII y XXIV del artículo 119 de la LAN (entre $ 169,416.00 y $ 2,258.880.00 pesos, aproximadamente).

 

 

Los abogados de la práctica de derecho ambiental de la Firma estamos a sus órdenes para atender cualquier duda respecto del contenido de la presente.

 

Daniel del Río

delrio@basham.com.mx

 

Ricardo Evangelista

revangelista@basham.com.mx

 

Mariana Arrieta

marrieta@basham.com.mx