COFECE SANCIONA A LA FEDERACIÓN MEXICANA DE FUTBOL, CLUBES DE LA LIGA MX Y 8 PERSONAS FÍSICAS POR COLUDIRSE EN EL MERCADO DE FICHAJE DE FUTBOLISTAS.

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Ciudad de México, 24 de septiembre de 2021.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) publicó el día de ayer haber resuelto el procedimiento seguido en forma de juicio tramitado en el expediente IO-002-2018 en el mercado del fichaje de jugadores profesionales de fútbol en el territorio nacional. El procedimiento concluyó con la imposición de multas por un total de 177.6 millones de pesos a 17 clubes de fútbol de la Liga MX por su responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas absolutas. Asimismo, sancionó a la Federación Mexicana de Fútbol y a 8 personas físicas por coadyuvar en la realización de éstas.

Los clubes sancionados realizaron dos conductas en este mercado: (i) la imposición de topes máximos a los salarios de las jugadoras de fútbol de noviembre de 2016 a mayo de 2019 con el fin de evitar que los clubes compitieran por la contratación de jugadoras con mejores salarios, lo cual la COFECE determinó que constituía una fijación de precios anticompetitiva; y (ii) la segmentación en el mercado de los jugadores al establecer un mecanismo que les impidió negociar  contratarse libremente con nuevos equipos (comúnmente llamado pacto de caballeros) de junio de 2008 a diciembre de 2018 con el fin de restringir indebidamente la movilidad de los deportistas y limitar su capacidad de negociación para obtener mejores salarios.

Esta resolución es especialmente relevante pues la COFECE analizó la competencia en un mercado de recursos humanos relacionado con los salarios y movilidad de individuos (jugadores) contratados por distintos competidores (clubes). En primer lugar, se analizó la imposición de sueldos máximos de jugadoras del futbol femenil máximos como una fijación de precios coordinada entre los diferentes clubes líderes del futbol mexicano, desde la perspectiva de competencia económica; y en segundo lugar, se consideró que la restricción de movilidad de jugadores que impusieron los competidores (clubes) implica una segmentación de mercados desde la perspectiva de competencia económica.

Esta resolución también es innovadora en materia de equidad de género y competencia, al poner de manifiesto la brecha de salarios entre las ligas femenina y masculina de futbol. Asimismo, al sancionar la imposición de sueldos máximos a las jugadoras de futbol e imponer terminar con dicha conducta, se prevé que las condiciones salariales de las mujeres que pertenecen a la liga femenil sean más competitivas.

La legalidad de la actuación de la COFECE aún puede ser impugnada ante el Poder Judicial de la Federación. Sin embargo, la Federación Mexicana de Fútbol señaló de manera conjunta con los clubes sancionados, que reiteran su compromiso por acatar y no impugnar la resolución emitida por la COFECE.

 

Los abogados del área de Competencia Económica de la Firma estamos a sus órdenes para atender cualquier duda respecto del contenido del presente.

 

A T E N T A M E N T E,

 

Amilcar Peredo

peredo@basham.com.mx

 

Fernanda Garza

fgarza@basham.com.mx

 

León Jiménez

ljimenez@basham.com.mx

 

Carmina Paredes

cparedes@basham.com.mx