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Acuerdos de Creación de Empresas Productivas Subsidiarias de CFE

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Como parte de la implementación de la Reforma Energética en materia de electricidad, así como de la transformación de la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”) en una Empresa Productiva del Estado, el 29 de marzo de 2016, CFE publicó en el Diario Oficial de la Federación diversos Acuerdos por medio de los cuales se crean las siguientes 9 empresas productivas subsidiarias de CFE (“EPS”): (i) CFE Distribución; (ii) CFE Suministrador de Servicios Básicos; (iii) CFE Transmisión; (iv) CFE Generación I; (v) CFE Generación II; (vi) CFE Generación III; (vii) CFE Generación IV; (viii) CFE Generación V; y (ix) CFE Generación VI.
Lo anterior obedece a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley de la CFE, donde se señala que la CFE actuará a través de empresas productivas subsidiarias para realizar las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica.
Respecto a la EPS denominada CFE Distribución, de conformidad con su acuerdo de creación, la misma tendrá por objeto realizar las actividades necesarias para prestar el servicio público de distribución de energía eléctrica, así como para llevar a cabo, entre otras actividades, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de distribución.
Por lo que respecta a la EPS CFE Suministrador de Servicios Básicos, la misma tendrá por objeto proveer el suministro básico a que se refiere la Ley de la Industria Eléctrica, en favor de cualquier persona que lo solicite.
Adicionalmente, la EPS CFE Transmisión será la encargada de realizar todas aquellas actividades relacionadas con la transmisión de electricidad, incluyendo la operación del sistema nacional de transmisión, ello de conformidad con las instrucciones del Centro Nacional de Control de Energía (“CENACE”).
Por último, respecto a las seis EPS de CFE Generación, las mismas tienen como objeto precisamente la generación de energía eléctrica por medio de cualquier tecnología en territorio nacional.
Las 9 EPS antes referidas estarán dirigidas por un Consejo de Administración integrado por 5 miembros (4 representantes del gobierno federal, incluido el Director General de CFE, y 1 uno independiente). Adicionalmente, contarán con un Director General que será designado por el Consejo de Administración de la EPS de que se trate.
Todas las EPS antes referidas deberán iniciar actividades a más tardar el día 28 de Junio de 2016.
Los abogados del área de Energía e Infraestructura del Despacho estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre lo anterior.
ATTENTIVELY
 

Daniel del Río Mexico City delrio@basham.com.mx
Juan Carlos Serra Mexico City serra@basham.com.mx
Lic. Jorge Eduardo Escobedo Mexico City jescobedo@basham.com.mx
Lic. Alejandra Pagés Mexico City apages@basham.com.mx

 
Ciudad de México a 4 de Abril de 2016.