Promulgación de Tratados Fiscales con Jamaica y Arabia Saudita
El 23 y 26 de febrero de 2018, la Secretaría de Relaciones Exteriores publicó en el DOF el decreto promulgatorio del Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y Jamaica para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, así como el Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia Impuestos sobre la Renta y su Protocolo.
Read more
El Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y Arabia Saudita para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo (el “Tratado con Arabia Saudita”), fue firmado en la ciudad de Riad el 17 de enero de 2016; mientras que el Acuerdo con Jamaica para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo (el “Tratado con Jamaica”), fue firmado en la Ciudad de México el 18 de mayo de 2016. Con esto, México suma dos jurisdicciones más a su red de tratados fiscales.
Los Tratados antes señalados establecen, entre otras cosas, las siguientes tasas de retención de impuestos para los conceptos de dividendos, intereses y regalías:
País | Dividendos | Intereses | Regalías |
Arabia Saudita | 5% por ciento del importe bruto de los dividendos. | a) 5% por rendimientos pagados a entidades financieras o fondos de pensiones;
b) 10% por rendimientos pagados en cualquier otro caso. |
10% del importe bruto de las regalías. |
Jamaica | a) 5% si el beneficiario efectivo es una sociedad propietaria directa o indirecta de por lo menos el 25% del capital de la sociedad que paga los dividendos.
b) 10% en todos los demás casos. |
10% del importe bruto de los intereses | 10% del importe bruto de las regalías. |
Adicionalmente, ambos Tratados incluyen cláusulas de procedimiento de acuerdo mutuo y de intercambio de información.
La información anterior es una simplificación general del contenido de los Tratados. En caso de requerir asistencia para su interpretación o aplicación, con todo gusto podemos asesorarlo.
ATTENTIVELY
Gerardo Nieto | nieto@basham.com.mx |
Gil Zenteno | zenteno@basham.com.mx |
Alejandro Barrera | barrera@basham.com.mx |
Víctor Barajas | mbarajas@basham.com.mx |
Ciudad de México, a 26 de febrero de 2018