El pasado 10 de febrero de 2020, la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (“SEDEMA”) publicó comunicado mediante el cual informa que, a la fecha, ha realizado un total de 12 operativos de difusión e inspección en diversos centros comerciales de la Ciudad, a efecto de corroborar que los establecimientos comerciales cumplan con las prohibiciones en materia de comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico.
Como resultado de estos operativos, la SEDEMA ha inspeccionado a un total de 689 establecimientos, en 12 centros comerciales distintos, de los cuales un 6% (41 establecimientos) fueron apercibidas por no respetar la prohibición antes mencionada.
Algunos de los incumplimientos en los que incurrieron los establecimientos amonestados fueron:
- En el Centro Comercial Perisur, por entregar bolsas de plástico “desechables”.
- En Antara Fashion Hall, por hacer entrega de mercancía en bolsas de plástico, algunas de ellas con etiquetado de “bolsa 100% compostable” sin sustentar que lo fueran.
- En Manacar, por exhibir bolsas plásticas en el área de cajas.
- En Plaza Antara, por ofrecer bolsas plásticas, algunas de ellas con etiquetado de “compostable bag ReNew”.
- En Plaza Fórum Buenavista, por dar al consumidor bolsas de plástico “desechables”.
- En Plaza Universidad, algunos comercios entregaban comida a sus repartidores en bolsas de plástico “desechable”.
- En el Centro Comercial Santa Fe, por entregar sus productos en bolsas con el etiquetado “100% compostable”, sin acreditar que así lo fueran.
- En Centro Coyoacán, por tener, en el mostrador, bolsas plásticas.
Si bien las regulaciones secundarias en materia de bolsas de plástico y plásticos de un solo uso (Norma Ambiental para el Distrito Federal “NADF”) aún se encuentran en etapa de discusión y creación, la SEDEMA ya se encuentra ejerciendo, rigurosamente, sus facultades de inspección y vigilancia con respecto a la prohibición de comercializar, distribuir y entregar bolsas de plástico, que entró en vigor el pasado 1° de enero de 2020.
De conformidad con la Ley de Residuos Sólidos para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), las violaciones a las prohibiciones en materia de comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico se podrá sancionar con una o más de las siguientes sanciones:
- Amonestación o apercibimiento.
- Multa de entre $ 43,440.00 (USD $2,286.00, aproximadamente) y $ 173,760.00 pesos (USD $9,145.00, aproximadamente).
- La reparación del daño ambiental, en su caso.
Los abogados de la Práctica de Derecho Ambiental, Aguas Nacionales y Cambio Climático de la Firma estamos a sus órdenes para atender cualquier duda respecto del contenido de la presente.
Daniel del Río
Ricardo Evangelista
Mariana Arrieta
Ciudad de México, a 17 de febrero de 2020.