IMSS: Subsidio por maternidad y limitantes a pensiones por viudez.

Compartir
FacebookXLinkedInEmail

Ciudad de México a 27 de marzo del 2023.

El 24 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (LSS), para el pago del subsidio por maternidad y las limitantes para no tener derecho a la pensión de viudez.

Se modifica el procedimiento para el pago de subsidio de incapacidad por maternidad, pues esta prestación se cubrirá mediante un certificado único de incapacidad por ochenta y cuatro días y se entregará a la asegurada en una sola exhibición, desde la fecha de inicio de la incapacidad.

Por otra parte, la trabajadora asegurada podrá solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social la transferencia de 4 de las 6 semanas de descanso previas al parto, para que se acumulen al periodo de post parto.

Finalmente, se deja como único supuesto para no tener derecho a la pensión de viudez, cuando la muerte del asegurado ocurra antes de cumplir seis meses de matrimonio.

Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.

ATENTAMENTE

Lic. Gil Zenteno García

zenteno@basham.com.mx

 

Lic. Santiago Villanueva Durán

svillanueva@basham.com.mx