SE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA E.FIRMA COMO ÚNICO CERTIFICADO DIGITAL VÁLIDO ANTE EL IMSS Y LA VINCULACIÓN DE REPRESENTANTES LEGALES EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DEL ESCRITORIO VIRTUAL

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Julio 16, 2026

El 16 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026, relativo a la implementación de la e.firma como único certificado digital válido para la realización de movimientos afiliatorios y vinculación de representantes legales exclusivamente mediante Escritorio Virtual”.

El Acuerdo aprueba el uso exclusivo de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para los actos que las personas empleadoras o sujetos obligados realicen ante el IMSS por medios de comunicación electrónicos, otorgando a dichos actos los mismos efectos legales y valor probatorio que los documentos firmados de forma autógrafa.

Asimismo, se establece que la vinculación de representantes legales, administradores o cualquier persona autorizada para actuar a nombre y cuenta de la persona empleadora deberá realizarse exclusivamente a través del Escritorio Virtual, para lo cual tanto el representante como la persona representada deberán autenticarse y firmar conjuntamente con su respectiva e.firma.

En congruencia con lo anterior, el Acuerdo deroga el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y de su certificado digital expedido por el Instituto, dejando sin efectos los Acuerdos números 43/2004 y 533/2006.

Se otorga un periodo de transición de 90 días naturales, a partir de la publicación del Acuerdo en el DOF, para que las personas empleadoras y sujetos obligados migren al uso exclusivo de la e.firma. El Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 17 de julio de 2026.

En resumen, a partir de la entrada en vigor del Acuerdo:

  • La e.firma (SAT) será el único certificado digital válido para autenticar y firmar electrónicamente los movimientos afiliatorios y demás actos que se realicen ante el IMSS por medios electrónicos.
  • La vinculación de representantes legales y administradores únicamente podrá realizarse mediante el Escritorio Virtual, con la e.firma de la persona representada como del representante.
  • El NPIE y su certificado digital quedarán sin efectos, por lo que las empresas que aún los utilicen deberán migrar al uso de la e.firma dentro del periodo de transición de 90 días naturales.
  • Se recomienda a las personas empleadoras verificar la vigencia de su e.firma y, en su caso, la de sus representantes legales, así como regularizar la vinculación en el Escritorio Virtual dentro del periodo de transición.

Los abogados del área de seguridad social quedamos a sus órdenes para asesorarlos respecto de la implementación y cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo.

A t e n t a m e n t e,

Gil Zenteno

zenteno@basham.com.mx

Gabriela Méndez

gmendez@basham.com.mx

Jesús Carmona

jacarmona@basham.com.mx