IMSS: Prácticas fiscales indebidas de conceptos excluyentes del Salario Base de Cotización (Fondos de pensiones).

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Ciudad de México a 9 de junio de 2023.

El 8 de junio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.300523/128.P.DIR, expedido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el que se aprueba el Criterio Normativo  relativo la exclusión del concepto de aportaciones a fondos de planes de pensiones en la integración del Salario Base de Cotización (SBC), regulado en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

El Criterio Normativo establece como prácticas fiscales indebidas en materia de seguridad social, las siguientes:

a) La entrega por los patrones a sus trabajadores cantidades en efectivo, vía nómina o por cualquier medio, simulando que se trata para fines sociales como concepto de planes de pensiones, pensión de subsistencia, pensión de sobrevivencia, jubilaciones, renta vitalicia, fondo de pensión o previsión social, con independencia de la denominación que se determine, con la finalidad de excluirlos como parte del SBC para evitar el pago de las aportaciones de seguridad social;

b) La exclusión del SBC las aportaciones que se realicen para constituir fondos de planes de pensiones, sin cumplir con los requisitos establecidos por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR); y

c) La asesoría o participación de “despachos” que realicen o implementen las prácticas citadas en los puntos anteriores, así como a los contadores públicos autorizados que emitan una opinión de cumplimiento “Limpia y sin salvedades” en el Dictamen en materia de seguridad social, teniendo conocimiento de esas prácticas indebidas.

Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.

ATENTAMENTE

Lic. Gil Zenteno García

zenteno@basham.com.mx

Lic. Santiago Villanueva Durán

svillanueva@basham.com.mx

Lic. Sebastián González Salmón

segonzalez@basham.com.mx

Lic. Daniela Hidalgo Martínez

dhidalgo@basham.com.mx