Ciudad de México a 22 de marzo de 2024.
En sesión del 13 de marzo de 2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió el amparo en revisión 849/2023, mediante el cual se validó tomar como referencia los criterios que emita la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), para establecer el tope máximo para las comisiones que cobran las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).
En diciembre de 2020, se reformó la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro para ajustar las comisiones que cobran las Afores para no afectar a los trabajadores en su etapa de retiro y, contra esa reforma, algunas Afores promovieron juicios de amparo.
En ese sentido, la Segunda Sala de la SCJN, resolvió que la comisión máxima que deberán cobrar las Afores en 2024 será 0.57% del dinero ahorrado por cada trabajador, porcentaje menor al 0.81% que se cobraba antes de la reforma citada en líneas atrás.
Los abogados del área de Seguridad Social, estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo o asesoría que requieran sobre el particular.
ATENTAMENTE
Lic. Gil Zenteno García
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