Ciudad de México, a 24 de Marzo 2025
El 13 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Amparo.
Las reformas entraron en vigor el 14 de marzo de 2025, con excepción de aquellas relacionadas con el funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que surtirán efectos cuando cambie su integración actual.
Las modificaciones tienen como objetivo hacer más incluyente el marco normativo del juicio de amparo, así como armonizar su contenido con otros ordenamientos legales vigentes y con la Reforma Judicial.
Entre los principales cambios destacan los siguientes:
- Se actualiza el lenguaje de la Ley de Amparo para hacerlo incluyente.
- Se eliminan todas las referencias a las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Se establece que serán necesarios seis votos de las personas ministras de la Suprema Corte para que un criterio sea considerado como precedente obligatorio.
- Se eliminan todas las referencias al “Consejo de la Judicatura Federal” y se sustituyen por “Órgano de Administración Judicial” y “Tribunal de Disciplina Judicial”.
- Se reafirma que en los juicios de amparo donde se declare la inconstitucionalidad de normas generales, las sentencias no producirán efectos generales.
- Se reforma la fracción III del artículo 61 de la Ley de Amparo, para establecer expresamente la improcedencia del juicio de amparo en contra de actos emitidos por el nuevo Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.
- Se incorpora el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares como legislación supletoria.
- Se sustituyen todas las referencias al salario mínimo por la Unidad de Medida y Actualización.
Estas reformas tienen implicaciones relevantes tanto para personas físicas como morales, en especial aquellas que participan en litigios constitucionales o se ven involucradas en procedimientos jurisdiccionales ante el Poder Judicial de la Federación.
En Basham, contamos con un equipo especializado en litigio constitucional y juicio de amparo que puede asesorarle respecto al alcance y aplicación práctica de esta reforma, así como evaluar posibles riesgos o estrategias legales asociadas a estos cambios.
Nuestro equipo está a su disposición para brindar acompañamiento legal oportuno, técnico y estratégico ante cualquier duda relacionada con estas modificaciones.
Atentamente,
Diana Rangel León
Daniela Pineda Robles
César Augusto Reyes
Ricardo Tagle Pastén